Desde 2015, el Ayuntamiento de El Molar ha venido solicitando anualmente las propuestas de revisión catastral emitidas por la Gerencia de Catastro y que han sido del 8% para el ejercicio 2016 y 2017 respectivamente, del 4% para el ejercicio 2018 y del 3% para 2019.
Esta reducción del 23% del valor catastral para las viviendas del municipio ha supuesto una merma en la recaudación de 845.018,08€, pero también un importante alivio fiscal para los vecinos y con ello se ha cumplido el compromiso adquirido de devolver a los contribuyentes parte del esfuerzo que realizaron durante la crisis.
Pero también es responsabilidad de este equipo mantener los servicios públicos básicos, los suministros tanto eléctricos como de combustible, agua o gas, garantizar el pago de las nóminas de los empleados municipales, reparar edificios públicos, reponer desperfectos en calles y plazas o parques y jardines, hacer frente el pago de los contratos a más de 30 años formalizados por el PP (más de 500.000€ anuales) y realizar inversiones tendentes a mejorar y garantizar el bienestar y calidad de vida de todos los molareños.
Por este motivo, en el pleno celebrado el 28 de junio se aprobó un nuevo ajuste del tipo impositivo, para frenar la merma recaudatoria que la bajada catastral ha producido en nuestro municipio. Dicho ajuste no supondrá subida de los recibos del IBI para el año 2019 y pero si evitará una nueva reducción de la recaudación municipal.
Con estas medidas se consigue, además de una considerable reducción del recibo del IBI, otros beneficios muy importantes que tendrán repercusión en otros impuestos, como por ejemplo el impuesto conocido como plusvalía municipal, que deben abonar quienes heredan o venden un inmueble. A menor valor catastral, la base imponible del impuesto de plusvalía también desciende y, por tanto, el resultante a pagar será también inferior.
El pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, que se abona a la CAM cuando se adquiere una vivienda de segunda mano también se verá afectado por la rebaja catastral. Un menor valor catastral repercute en un recorte de la base imponible de dicho impuesto y, por tanto, en el abono de una menor cuantía en el momento del pago.
Además del ya comentado descenso del IBI, una rebaja catastral repercute también en el IRPF de los propietarios de segundas viviendas. Cuanto más bajo sea dicho valor, menos se ampliará la base imponible del IRPF.
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