La Justicia vuelve a dar la razón a los ganaderos de Madrid y deja sin efecto la penalización aplicada indebidamente sobre una ayuda para el mantenimiento de razas autóctonas

Con fecha 14 de diciembre de 2023, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia por la que, acordando estimar el recurso contencioso -administrativo interpuesto por un ganadero contra una resolución de la Comunidad de Madrid que aplicaba indebidamente una penalización del 50% sobre una ayuda para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción, declaraba el derecho del recurrente a que se le concediese la ayuda en su integridad. Y todo ello, además, con imposición de las costas procesales a la Administración demandada.

La Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid había aplicado una penalización del 50% de la ayuda a percibir por un ganadero para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción al entender que existía un incumplimiento de la carga ganadera máxima en buenas prácticas agrícolas (BPA).

Por su parte, el ganadero interpuso en tiempo y forma recurso potestativo de reposición contra esta actuación administrativa, acreditando que en ningún caso se había excedido esa carga ganadera máxima en buenas prácticas agrícolas (BPA).

Sin embargo, ante el silencio de la Administración, el ganadero se vio abocado a solicitar el auxilio de los tribunales, interponiendo recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del referido recurso de reposición.

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima dicho recurso, concluyendo que, en efecto, no se había excedido esa carga ganadera máxima en buenas prácticas agrícolas (BPA) y que “se ha producido un error por parte de la Administración, ya que el número real de UGMs era inferior y en ningún caso se incumplió el compromiso agroambiental relativo a la carga ganadera durante el periodo considerado”, circunstancia que determina “la estimación del motivo de impugnación atinente a la existencia de un error en los datos utilizados por la Administración para la aplicación de la penalización y, por ende, la improcedencia de esta”.

UGAMA, La Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores de Madrid, destaca que no es un caso aislado, ya habitualmente se desestiman expedientes de ayudas, basándose en criterios particulares de personal y sobre los que no se realiza requerimientos de subsanación de documentación, antes de dictar resolución denegatoria, lo que supone un grave perjuicio para agricultores y ganaderos.

Desde UGAMA lamentan que hechos como estos sigan ocurriendo, ya que, una vez recibida una notificación denegatoria, son pocos perjudicados indebidamente que optan por no darse por vencidos, acudir a los tribunales ya que son procesos lentos y costosos.

La defensa jurídica del ganadero recurrente ha sido asumida por el Letrado D. Jaime Valladolid, director de JV abogados, despacho especializado en Derecho Cinegético y Medioambiental, y asesor jurídico de la Unión de Ganaderos, Agricultores y Silvicultores de la Comunidad de Madrid (UGAMA).

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