DERECHO LABORAL: Reducción de jornada, Ley CUME. 

REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADO DE MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE. 

La Ley conocida como Ley CUME, es la Ley 39/20210, de 22 de septiembre, que modificó la Ley General de la Seguridad Social para incluir la protección en relación a la prestación dineraria a favor de los padres, tutores, curadores, etc, por el cuidado permanente de menores de edad afectados por una enfermedad grave.

El propio término CUME significa el Cuidado de Menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. La prestación consiste en la necesidad de una reducción de jornada por el cuidador como consecuencia de tener que atender al menor afectado por la enfermedad, debiendo ser dicha reducción del al menos el 50% de la jornada ordinaria que venía haciendo. La prestación económica debe solicitarse en el plazo máximo de tres meses desde el inicio de la reducción de la jornada laboral, ante el organismo correspondiente que por norma general será la mutua colaboradora, o sino a la entidad gestora, con la que la empresa tiene cubiertas las contingencias.

La prestación deberá ser igual al cien por cien de la base reguladora definida para la de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o comunes, en su caso, si bien se le aplicará el porcentaje de la reducción de jornada solicitada. 

El listado de enfermedades graves que están reconocidas por la citada Ley CUME se encuentran en el “Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave”; si bien siempre es recomendable asesorarse previamente por un profesional en la materia por las posibles nuevas incorporaciones o analogías que pueden darse respecto a otras enfermedades que no estén en el anexo anteriormente citado.

Para estos casos es conveniente acudir a un Abogado especializado, que le brinde un correcto asesoramiento legal y jurídico.

            Ángel Mejías de Santiago (Madrid, 1978), es Abogado colegiado por el Iltre. Colegio de Abogados de Madrid, con una experiencia profesional en el sector legal inmobiliario desde el año 1997, ejerciendo además como letrado en defensa de los derechos de sus clientes desde el año 2001. Especializado en derecho civil inmobiliario y gestión de patrimonios, lleva más de veinte años asesorando a las personas en todas las materias relacionadas con: el derecho de familia y sucesiones-herencias, asesoramiento a empresas y autónomos, compraventas, alquileres, contratos, planificación y gestión de patrimonios e inversiones, protección y planificación aseguradora, impuestos y fiscalidad, así como toda tramitación y gestión notarial y registral. 

      Igualmente es experto en Mediación Civil y Mercantil desde el año 2012, titulado por Thomson-Reuters Aranzadi, y conferenciante en diversos foros como el Colegio de Abogados de Madrid, Asociaciones Empresariales, así como en diversos organismos y asociaciones defensoras de los derechos de las personas con discapacidad y movilidad reducida, siendo colaborador y partícipe en numerosos trabajos y acciones encaminadas a la defensa y mejora de los derechos de las personas con discapacidad, fundamentalmente en todo lo relacionado con la desaparición de las barreras arquitectónicas y la protección del patrimonio de las personas con necesidades especiales.

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