LA NUEVA LEY DE VIVIENDA I: ¿ES LEGAL QUE LA AGENCIA INMOBILIARIA COBRE AL VENDEDOR Y AL COMPRADOR?

En España es común que algunas Agencias Inmobiliarias cobren una comisión al vendedor y también otra comisión al comprador CUANDO INTERMEDIAN EN LA VENTA DE UNA VIVIENDA.

     Estas Agencias argumentan que los compradores se benefician de su trabajo, pero lo que no les dicen es que en el precio de venta ofertado ya se ha incluido un %  de comisión que previamente se ha pactado con el propietario-vendedor y que pagará el comprador en la transacción. Esta acción que de momento no es ilegal, sí es del todo reprochable por todos los profesionales del sector inmobiliario, puesto que esas agencias duplican sus ganancias por un mismo trabajo y ocultan la información, tanto a los vendedores, como a los compradores.

Esas Agencias llevan años aprovechándose del vacío legal que hasta la fecha existe respecto al pago de los honorarios de los intermediarios inmobiliarios; si bien a día de hoy se está cuestionando legal y judicialmente estas prácticas de duplicar la ganancia por el mismo trabajo, siendo posible que en poco tiempo se termine con estas acciones por imperativo legal y habiéndose dado ya numerosas sentencias judiciales que condenan a estas agencias a devolver los honorarios cobrados al comprador por duplicidad en su ganancia.  Veremos si la Nueva Ley de Vivienda, cuyo anteproyecto de ley se aprobó en Consejo de Ministros en febrero de este año (entrando en vigor muy posiblemente en el tercer trimestre de 2022 aunque sea probable un periodo de “vacatio legis”), consigue acabar con estas abusivas praxis o tendrán que seguir siendo los jueces quienes condenen a estas agencias por su voracidad en el cobro de sus comisiones.

Acuda siempre a un Asesor Profesional Patrimonial, con titulación y cualificación adecuadas, para obtener la mejor orientación legal y jurídica.

            Ángel Mejías de Santiago (Madrid, 1978), es Abogado colegiado por el Iltre. Colegio de Abogados de Madrid, con una experiencia profesional en el sector legal inmobiliario desde el año 1997, ejerciendo además como letrado en defensa de los derechos de sus clientes desde el año 2001. Especializado en derecho civil inmobiliario y gestión de patrimonios, lleva más de veinte años asesorando a las personas en todas las materias relacionadas con: el derecho de familia y sucesiones-herencias, asesoramiento a empresas y autónomos, compraventas, alquileres, contratos, planificación y gestión de patrimonios e inversiones, protección y planificación aseguradora, impuestos y fiscalidad, así como toda tramitación y gestión notarial y registral. 

       Igualmente es experto en Mediación Civil y Mercantil desde el año 2012, titulado por Thomson-Reuters Aranzadi, y conferenciante en diversos foros como el Colegio de Abogados de Madrid, Asociaciones Empresariales, así como en diversos organismos y asociaciones defensoras de los derechos de las personas con discapacidad y movilidad reducida, siendo colaborador y partícipe en numerosos trabajos y acciones encaminadas a la defensa y mejora de los derechos de las personas con discapacidad, fundamentalmente en todo lo relacionado con la desaparición de las barreras arquitectónicas y la protección del patrimonio de las personas con necesidades especiales.

1 Comentario sobre "LA NUEVA LEY DE VIVIENDA I: ¿ES LEGAL QUE LA AGENCIA INMOBILIARIA COBRE AL VENDEDOR Y AL COMPRADOR?"

  1. Me parece que el artículo destaca un problema importante en el sector inmobiliario en España, relacionado con las comisiones cobradas por las agencias inmobiliarias. La duplicación de comisiones al vendedor y al comprador, sin una total transparencia, plantea cuestiones éticas en la industria.

    Es alentador ver que se está cuestionando legal y judicialmente esta práctica y que ya hay sentencias judiciales que condenan a las agencias por duplicidad en sus ganancias. El hecho de que se esté considerando una nueva ley de vivienda que podría poner fin a estas prácticas abusivas es un paso positivo hacia la protección de los derechos de los vendedores y compradores en el mercado inmobiliario.

    El artículo destaca la importancia de consultar a un asesor profesional patrimonial con la titulación y la cualificación adecuadas para obtener la mejor orientación legal y jurídica en este tipo de transacciones. El autor, Ángel Mejías de Santiago, parece contar con una amplia experiencia en el sector legal inmobiliario y parece abogar por una mayor transparencia y protección de los derechos de los clientes. Además, su compromiso en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad es loable.

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