PURIFICACION ZAFRA GARCIA (Graduada Social)
Soy trabajadora desde el año 1973. Empecé a trabajar en el sector textil en la fábrica de pantalones ROK y LEE hasta que la dirección, después de recibir todo el dinero correspondiente de la Administración por la denominada reconversión, consiguió por fin cerrarla y sacar la producción fuera del país. Me vi, entonces, en la necesidad de hacer la carrera de Graduado Social. Desde mi inicio en la actividad laboral he sido una persona muy reivindicativa y, por supuesto, litigante. Primero, como trabajadora por cuenta ajena y ahora como abogada laboralista. En todos estos años, no recuerdo en ningún momento que los Juzgados de lo Social tardasen tanto tiempo ni estuviesen tan colapsados como en la actualidad.
Un procedimiento de despido podía tardar en resolverse, hasta la Sentencia, alrededor de cuatro meses. Durante este tiempo, hasta el recibimiento del fallo de los jueces, el Trabajador cobraba salarios de tramitación. En juicios de reclamaciones de cantidad, derechos e invalidez , etc., el procedimiento podía demorarse un poco mas por motivo de que no conlleva salarios de tramitación, pero nunca podía suponer mas de un año y medio y solo cuando se trataba de juicios contra la Administración, ya que esta siempre Recurre.
Ahora, sin embargo, el juicio por una demanda de extinción de contrato, que se interpone tras dos meses de impago, tarda 6 meses en celebrarse. Esto supone para el trabajador:
-La obligación de seguir trabajando, ya que si la empresa no quiere despedirle y no procede a su baja ante la Seguridad Social, el trabajador pierde el derecho a solicitar la prestación por desempleo.
-La pérdida económica de todos los conceptos salariales a partir de los cuatro meses de impago, ya que es el FOGASA el que se hace cargo de estos.
-La pérdida de la indemnización correspondiente a causas objetivas y económicas de veinte días por año trabajado si la empresa entra en insolvencia. De lo contrario, el FOGASA paga solo ocho días al trabajador, corriendo el resto a cargo de la empresa.
-El periodo restante, hasta la celebración del juicio que extingue la relación laboral, el trabajador esta obligado a trabajar gratis si no quiere perder los salarios dejados de percibir y la indemnización que más tarde pagaría el FOGASA.
Esto es la pérdida de DERECHOS LABORALES Y UNA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES, con pleno conocimiento de sus Señorías.
Y yo me pregunto, ¿cómo es posible que los Juzgados de lo Social, que son los que tienen que ser rápidos, sean tan lentos cuando se han creado Juzgados Civiles donde hay JUICIOS TODOS LOS DÍAS DE LA SEMANA, INCLUIDOS DOMINGOS, PARA PROCEDIMIENTOS CIVILES ABREVIADOS donde se celebra la vista en dos días y sales con sentencia y forma de pago de la correspondiente multa, sin que quepa recurso alguno?
Pero claro está, los Juzgados de lo Social no son tan importantes. No hay dinero en el FONDO de GARANTÍA SALARIAL y no tiene dinero el INEM.
Solo espero que esto cambie pronto y que esta justicia sea justa en una materia tan importante como son Los Juzgados de lo Social, que son la cuna de nuestros Derechos Laborales.
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